Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/282701
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
282701
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 723

SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 723

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1491/21. Nicandro Ortiz y Compañía, S. en C. 15 de octubre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XVIII, página 1114. Amparo administrativo en revisión 39/21. Huish J. M. 4 de junio de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIV, página 1074. Amparo penal en revisión. Harris Oswald y coag. 26 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo VIII, página 1031. Amparo civil en revisión. Díaz viuda de la Torre Amada. 20 de junio de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 282701