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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282723
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 750
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 750
El término que para concluirlos señala la fracción VIII del artículo 20 constitucional, se cuenta a partir del auto de formal prisión, que es el que da al acusado el carácter de procesado, y con el cual se inicia propiamente el primer periodo del juicio, o sea la instrucción de la causa, y si tal auto es revocado por el tribunal de alzada, el término no puede correr.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1082/25. Villarreal Muñoz Antonio. 18 de abril de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.