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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 839
LIBERTAD PREPARATORIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 839
Conforme a las disposiciones de los artículos 74 y 99 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, para conceder el beneficio de la libertad preparatoria, es preciso que el reo haya observado buena conducta, durante el tiempo que prescribe el primero de los artículos citados, sin computar en ese tiempo el arresto que se aplique en defecto de la multa.
Precedentes
Solicitud de libertad preparatoria. Ramírez Rodea Federico. 4 de noviembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio. y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.