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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 942
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 942
Es de concederse cuando con ella no se causan perjuicios a la sociedad o el Estado, porque el acto reclamado afecte a una de las fuentes de la riqueza nacional, cuya prosperidad redunda en beneficio de la comunidad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1967/25. Mexican Gulf Oil Company. 16 de noviembre de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidente: Sabino M. Olea. Excusa: Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XIX, página 1327. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2180/25. Compañía Internacional de Petróleo y Oleoductos, S. A. 16 de noviembre de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidente: Sabino M. Olea. Excusa: Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.