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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 950
LIBROS DE LOS COMERCIANTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 950
Los libros de los comerciantes cuando son llevados regularmente, tienen valor probatorio entre los mismos comerciantes, en juicio entre comerciantes, pero respecto de los que no ejercen el comercio, solamente constituyen una semiprueba, que necesita otras para ser plena; pues según los tratadistas que comentan este punto, a nadie le es lícito crearse un título o medio de prueba en provecho propio; pero si los libros de los comerciantes, en tales casos, no hacen fe en su favor, sí la hacen en su perjuicio, toda vez que se trata, en este último supuesto, de una confesión en contra de sí mismos, a la cual no puede menos de atribuírsele fe; en tal caso, los libros de los comerciantes hacen fe en su contra, aun cuando las anotaciones y registros se refieran a cosas extrañas a su comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 93/23. Soto Jesús. 17 de noviembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Modesto Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.