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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 978
LIBERTAD CAUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 978
No se opone a lo mandado en el artículo 20 de la Constitución, el que la legislación local de un Estado exija la revisión de oficio de una providencia decretada en primera instancia, respecto de la libertad caucional, a no ser que esa revisión impidiera que el acusado fuera puesto en libertad inmediatamente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 982/28. Villanueva José P. 2 de diciembre de 1926. Mayoría de cinco votos, Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Gustavo A. Vicencio, Leopoldo Estrada y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.