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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282822
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1007
DELITOS MILITARES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1007
No pueden considerarse así los cometidos por individuos del Ejército, durante la época en que desempeñan una comisión militar, si dichos delitos no se cometieron precisamente al desempeñar la comisión, porque sería absurdo sostener que el desempeño de ella subsiste constantemente, aun durante los actos de la vida privada del comisionado.
Precedentes
Competencia en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Instrucción Militar de Juchitlán, Oaxaca y de Primera Instancia de Acayucan, Veracruz. Tamayo Eugenio M. y coagraviado. 6 de diciembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.