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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1027
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1027
El amparo contra ellas es improcedente, si se ha dictado ya el fallo en apelación de dichas sentencias.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2789/24. Ortiz Felipe G. 6 de diciembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.