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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1083
ANEXIDADES DE LOS TEMPLOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1083
Contra la orden para que sean desocupados, no procede conceder la suspensión, porque con ello se causaría perjuicio al Estado, que tiene interés en destinar esos edificios al servicio público.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Beltrán Manuel F. 16 de diciembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.