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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282885
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1131
JUEZ RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1131
Si aquel contra quien se pidió al amparo, cesa de tener jurisdicción en el negocio, por impedimento, excusa, o cualquiera otra causa, tiene el carácter de Juez responsable, el que se avoque el conocimiento del asunto, siendo el único que está en condiciones de rendir el informe con justificación, de dar cumplimiento a todas las determinaciones dictadas en el amparo y en el incidente de suspensión, y de ejecutar la sentencia que se dicte en el juicio constitucional, independientemente de la responsabilidad que, en su caso, pueda corresponder, personalmente, al Juez que haya dictado la resolución materia de la demanda; y no puede sostenerse que el funcionario que sustituyó al Juez impedido, en su cargo, esté obligado a solicitar del tribunal a quien por el impedimento pasaron los autos, o de cualquiera otro, las copias necesarias para rendir el informe, puesto que no existe precepto legal que establezca esa obligación, tratándose de autoridades que ya no ejercen jurisdicción en el negocio materia del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2917/25. "Compañía Agrícola de Quimichis". 23 de diciembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Sabino M. Olea, Jesús Guzmán Vaca, Leopoldo Estrada y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVI, página 971, tesis de rubro "JUEZ SUSTITUTO.".