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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1168
COMPARECENCIA ANTE EL JUEZ PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1168
Estando interesada la sociedad en la averiguación y castigo de los delitos, no procede conceder la suspensión contra la orden que manda comparecer a alguien ante el Juez penal para la práctica de diligencias relacionadas con un proceso, pues todos están en la obligación legal de comparecer a declarar como testigos, cuantas veces fueren requeridos para ello, por las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Castillón Eugenio F. 27 de diciembre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicaicón no menciona el nombre del ponente.