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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1174
SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1174
La obligación que tienen los tribunales de absolver o condenar, sólo existe en relación con las partes en el juicio, y no respecto de los que no han sido oídos en el mismo.
Precedentes
Queja en amparo civil 235/26. Díaz Moreno Terrazas Felipa de J. 27 de diciembre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.