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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282907
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1008
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1008
La resolución que pronuncien los tribunales comunes, para sustituir la que en un principio dictaron, y contra la cual se concedió la protección federal, sólo puede modificar a la primera, en los puntos respecto de los cuales se concedió el amparo; y comprender en ella cosas o hechos que no fueron motivo de la protección federal, importa un exceso en la ejecución de la sentencia de la Corte.
Precedentes
Queja en amparo civil 179/23. Franco Teodomiro. 10 de mayo de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona al nombre del ponente.