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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282968
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 156
PLURALIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 156
Es improcedente la queja que se endereza porque se han admitido dos demandas de amparo contra el mismo acto, si en uno de ellos se ha sobreseído, por desistimiento del quejoso.
Precedentes
Queja en amparo civil 290/25. García Martín, sucesión de. 25 de enero de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.