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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 160
FIADORES EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 160
Deben probar su solvencia en los términos de los artículos 1722 y 1769 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, y la misma no queda al criterio arbitrario de la autoridad que conoce de la suspensión, sino sujeta al examen de los títulos que presenten para justificarla.
Precedentes
Tomo XVIII, página 1403. Indice Alfabético. Queja 285/25. Compañía Hidroeléctrica e Irrigadora del Chapala, S.A. 15 de febrero de 1926. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ricardo B. Castro, José C. Estrada y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVIII, página 160. Queja en amparo civil 283/25. Rodríguez Melquiades. 25 de enero de 1926. Unanimidad de diez votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 501, quinta tesis relacionada con la jurisprudencia 300, de rubro "FIADORES EN EL AMPARO.".