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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 260
ACTOR EN JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 260
Si no prueba su acción, los vicios de que adolezca el título en que funde su derecho la parte demandada, en nada pueden favorecerle, si no fueron esos vicios los motivos de la controversia; pues aunque el actor establezca que el demandado no tiene derecho, esto no prueba que el actor lo tenga.
Precedentes
Recurso de súplica 125/24.Vázquez viuda de Cranz Margarita. 9 de febrero de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.