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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 295
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 295
El plazo de 3 días que la ley señala para interponer el recurso, han de contarse desde el siguiente a la fecha en que surta efectos la notificación respectiva, descontando los feriados.
Precedentes
Queja en amparo civil 305/25. Agente del Ministerio Público Federal en Puebla. 15 de febrero de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Francisco M. Ramírez, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.