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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 388
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 388
Todo cobro de impuestos supone la ejecución anterior de un hecho que lo motiva, y cuya existencia debe ser demostrada por la autoridad que en él se apoya, para llevar a cabo sus procedimientos de cobro; por tanto, cuando el amparo se endereza contra el cobro de impuestos y el quejoso sostiene que no se encuentra dentro de las condiciones que legalmente motivan ese cobro, a la autoridad responsable corresponde demostrar la existencia de hechos que funden la legalidad de sus actos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3495/22. Trueba Constantino. 29 de febrero de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.