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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283079
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 411
AMPARO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 411
Cuando la ley que se ataca en un amparo contiene un principio de ejecución que se realiza por la sentencia misma de la ley, sin necesidad de actos posteriores de aplicación concreta de la misma, toca conocer del juicio al Juez de Distrito donde resida la legislatura que dictó la ley, y con mayor razón, si en la jurisdicción de ese Juez reside también la autoridad que puede ejecutarla.
Precedentes
Competencia 50/26. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Primero Supernumerario del Distrito Federal y de Tuxpan, Veracruz. 24 de febrero de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.