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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 420
HIPOTECAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 420
Los derechos del acreedor hipotecario en segundo lugar, no se afectan porque, en el pago al primer acreedor, se consuma el valor del predio hipotecado, pues esto se debe únicamente a que dicho valor no alcanza a cubrir el importe de los créditos que la finca reporta.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2971/21. Ondovilla de García María y coagraviado. 25 de febrero de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.