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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 440
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 440
La Suprema Corte ha resuelto, en varias ejecutorias, que la orden de aprehensión dictada por la autoridad judicial, sin pedimento previo del agente del Ministerio Público, es atentatoria, por no reunir los requisitos que previene el artículo 21 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2247/24. Cordero Rafael. 27 de febrero de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.