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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 575
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 575
Al promoverse el incidente, el Juez debe proceder como lo mandan los artículos 59 y 63 de la Ley de Amparo, y no desecharlo sin sustanciación alguna.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Romero Encarnación. 15 de marzo de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.