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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 652
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 652
El Reglamento Agrario manda que en ella no se comprendan los edificios de cualquiera naturaleza, las huertas, las obras de captación de aguas y los canales para la conducción de las destinadas a regar tierras fuera del ejido; y si la dotación se hace infringiendo estos principios, contra ella procede el amparo de la Justicia Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2697/25. Rangel Francisco y Gómez Rangel Concepción, sucesiones acumuladas de. 27 de marzo de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.