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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 720
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 720
No es motivo para concederlo, el que los Jueces Federales en un caso similar, hayan fallado en determinado sentido; pues ninguna ley les impone la obligación de aceptar las opiniones emitidas por otros funcionarios del mismo fuero.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3839/21. Faller Manzanilla Miguel. 7 de abril de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.