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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 829
COSTAS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 829
No debe hacerse condenación en ellas, cuando la sentencia de primera instancia no está conforme con la de segunda, ni haya manifiesta temeridad de parte del suplicante.
Precedentes
Recurso de súplica 77/24. Hodgins Tomás J. 19 de abril de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Gustavo A. Vicencio y Manuel Padilla, por lo que hace a la confirmación de la sentencia, y por mayoría de siete votos. Disidentes: Leopoldo Estrada y Manuel Padilla, en lo que hace a que se consigne en la oficina del timbre la letra de cambio a que se refiere este negocio. La publicación no menciona el nombre del ponente.