Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283298
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 873
GOBERNADOR DE JALISCO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 873
La nueva Constitución de Jalisco concede al gobernador facultades para formar los reglamentos para el buen despacho de la administración pública, restringiendo las que les daba anterior Constitución, para formar los reglamentos necesarios para el mejor gobierno en todos los ramos de la administración; por lo cual, dicho funcionario no tiene facultades para reglamentar los ramos de gobierno.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3079/23. Compañía Hidroeléctrica e Irrigadora de Chapala, S.A. 24 de abril de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.