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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 894
ALBACEAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 894
La Ley de Impuestos a Sucesiones y Donaciones en el Distrito, impone a los albaceas, la obligación de promover la formación de inventarios dentro de quince días, contados desde que ha sido reconocido su nombramiento, y de concluirlos dentro del plazo que la ley señala; y manda que se los renueva si no cumplen con tales prevenciones, dentro del tiempo que fija el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3351/24. Huller de Sánchez María Teresa y coagraviado. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.