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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 904
DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 904
Si no se llena el requisito de fijar en ella las garantías violadas, tal omisión sólo puede remediarse por medio de la aclaración correspondiente; y la falta de observancia de este requisito, es de la exclusiva responsabilidad del Juez y no basta para negar el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1845/19. Gómez Arturo. 27 de abril de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.