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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 910
PROTECCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 910
Debe negarse y no sobreseer en el juicio, cuando no se comprueban las violaciones de garantías que se reclaman.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1211/20. Córdoba Camilo. 27 de abril de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Ernesto Garza Pérez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.