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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
283348
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 984

CASACION.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 984

Precedentes

Amparo penal directo 479/19. Palafox Ricardo. 7 de mayo de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Francisco Díaz Lombardo, Teófilo H. Orantes y Manuel Padilla, se declaró al competencia de la Suprema Corte para entrar al estudio y resolución de ambas sentencias; por unanimidad de ocho votos, se negó el amparo en cuanto a la sentencia de casación, concediéndose respecto de la apelación. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. Ausente: En las últimas dos votaciones Manuel Padilla. Los Ministros Francisco M. Ramírez y Leopoldo Estrada no intervinieron, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona al nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 283348