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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1005
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1005
Debe llevarse a efecto contra cualquier poseedor de la cosa detentada, aun cuando alegue derechos que pueden ser incuestionables, pero que no fueron tenidos en cuenta al dictar la ejecutoria.
Precedentes
Queja en amparo civil 159/22. Velázquez y Sánchez Constancio y Romana. 10 de mayo de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona al nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 228, cuarta tesis relacionada con la jurisprudencia 85, de rubro "EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.".