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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1045
ESTAFA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1045
La estafa se caracteriza porque en sus elementos constitutivos se elimina el de falsedad; de manera que para que haya estafa, es indispensable que los medios empleados por el delincuente para cometer este delito, no vengan a constituir el de falsedad.
Precedentes
Recurso de súplica 15/24. Ramírez Rodea Federico y coacusados. 17 de mayo de 1926. Unanimidad de ocho votos y por igual unanimidad en el sentido que se comunique por telégrafo al Juez de distrito de Querétaro, con relación al oficio de fojas ochenta. Por mayoría de seis votos. Disidentes: Ricardo B. Castro y Teófilo H. Orantes, se declaró procedente el recurso de súplica. La publicación no menciona el nombre del ponente.