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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1080
TERCERO PERJUDICADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1080
Si en la demanda de amparo civil, no se cumple con el requisito de designar el domicilio del tercero perjudicado, tal hecho es causa de improcedencia de la demanda.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Rojas Miguel, sucesión de. 18 de mayo de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.