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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1244
DOTACION DE TIERRAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1244
Los particulares afectados por las dotaciones, tienen facultad de rebatir los informes técnicos que se recaben, para apoyar la dotación, pues no hay ningún precepto que se los prohiba; tanto más, cuanto que el artículo 28 del Reglamento Agrario, ordena que en los expedientes sobre dotaciones, deberán agregarse y tomarse en consideración todos los escritos que presenten, todas las pruebas que rindan los propietarios afectados, a quienes se les concede, también, un término para alegar lo que a su derecho convenga, sin limitación alguna.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2680/24. Zamora Carrasco Antonio y coagraviados. 18 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.