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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
283486
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1271

DECLARACION DE NO HABER DELITO QUE PERSEGUIR.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1271

Precedentes

Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia. Terrazas y Nájera Miguel. 21 de junio de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLV, página 494, tesis de rubro "ACUSADOR O DENUNCIANTE, RECURSOS INTERPUESTOS POR EL, CONTRA LA DECLARACION DE NO HABER DELITO QUE PERSEGUIR.".
Registro digital (IUS): 283486