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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283504
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1314
HIJOS NATURALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1314
Las personas nacidas dentro de la vigencia del Código Civil anterior, que permitía la investigación de la paternidad, pudieron reclamarla, comprobando la posesión de estado de hijos naturales, mientras regía ese código; pero quienes no ejercitaron esa facultad, dentro de la vigencia del citado ordenamiento, ya no estuvieron capacitados para hacerlo, cuando empezó a regir el nuevo código, porque éste extinguió el derecho que el anterior había concedido, al excluir la posesión de estado, como prueba para alcanzar la filiación legítima.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3195/24. Estevané Manuel, sucesión de. 26 junio 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.