Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283516
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1003
JURADO POPULAR.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 1003
Los efectos del veredicto del jurado, que absuelve al procesado, quedan en suspenso como consecuencia de la determinación que lo casa y suspende la audiencia de derecho; por tanto, los procesados quedan detenidos por virtud del auto de formal prisión, y el Juez de Distrito no puede otorgar el beneficio de la libertad caucional, si el delito que en tal acto se le imputa, merece pena mayor que la que requiere la fracción I del artículo 20 constitucional.
Precedentes
Queja en amparo penal 214/25. Juez de Primera Instancia de Tacubaya. 19 de octubre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.