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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283543
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 75
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 75
Cuando en la demanda de amparo de invocan, a la vez, violaciones de procedimiento y de leyes de fondo, debe resolverse previamente sobre las primeras, absteniéndose de tocar las violaciones relativas a las leyes de fondo, siempre que se encontrare que están justificadas las primeras, y que por ellas tenga que concederse el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo, en revisión. G. de Rosano Emilia. 8 de julio de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.