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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 118
IMPUESTO PREDIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 118
La base fundamental para el cobro de ese impuesto, en el Distrito Federal, es la capitalización de la renta anual de inmueble respectivo, a razón del ocho por ciento, estimándose que esa capitalización, es la proporción fijada para determinar el valor del predio y el pago justo y equitativo del impuesto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Cook George W. 10 de julio de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.