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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 125
COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 125
Si no se expiden con oportunidad, al promovente del amparo, debe éste proceder como lo previene el artículo 100 de la ley reglamentaria respectiva.
Precedentes
Amparo civil, directo. Suárez Carlos E. 11 de julio de 1925. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Salvador Urbina, Leopoldo Estrada y Jesús Guzmán Vaca. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.