Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283586
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 192
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 192
Debe concederse, cuando con ello no se ocasiones daños o perjuicios a la sociedad o al Estado, y los que se irroguen a tercero, queden asegurados mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Pedraza López José. 16 de julio de 1925. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.