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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 221
AMPARO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 221
El término para instaurar la demanda contra los actos de las autoridades administrativas, debe contarse no desde la fecha en que se notifique el acuerdo de dichas autoridades, sino desde la fecha de la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1279/29. Santa Cruz Ramírez Francisco. 21 de julio de 1925. Mayoría de ocho votos en cuanto al primer punto resolutivo. Disidente: Salvador Urbina. Mayoría de seis votos en cuanto al segundo punto resolutivo. Disidentes: Francisco M. Ramírez, Ernesto Garza Pérez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.