Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283627
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 264
DELITOS, CLASIFICACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 264
No basta la apreciación que de los hechos denunciados haga el denunciante, para que los tribunales puedan clasificar el hecho delictuoso, dictar, en su caso, el auto de formal prisión y, más tarde, aplicar la pena correspondiente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3333/24. Payró Manuel y coagraviado. 28 de julio de 1925. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Manuel Padilla, Ricardo B. Castro y Jesús Guzmán Vaca, por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.