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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 284
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 284
Tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por leyes o actos de la autoridad, que viole las garantías individuales; y, en tal virtud, para que el juicio tenga lugar, es indispensable que los actos que se reclaman, sean ejecutados por una autoridad, cualquiera que sea ésta.
Precedentes
Tomo XVII, página 1551. Indice Alfabético. Amparo 860/23. Olguín Vicente. 30 de julio de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVII, página 284. Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia 632/23. Cruz Eulalio y coagraviados. 30 de julio de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.