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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 314
IMPROCEDENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 314
Alegada por cualesquiera de las partes, debe resolverse previamente sobre ella, y si no se declara la del juicio, procede entrar al estudio de las violaciones reclamadas.
Precedentes
Amparo civil directo 794/21. López Lara Manuel. 3 de agosto de 1925. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.