Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/283657
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 326
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 326
El Juez que no reciba respuesta oportuna de aquel a quien reclama la competencia, debe proceder como lo previene el artículo 300 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Precedentes
Competencia en materia penal 85/24. Suscitada entre el Juez Segundo de Letras de lo Penal de Monterrey y el de Instrucción Militar de esa plaza. 3 de agosto de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.