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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283681
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 387
AGUAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 387
La dotación de aguas a los pueblos, lo mismo que la de tierras, deberán llevarse a cabo de acuerdo con los preceptos de la ley de 6 de enero de 1915, que tiene el carácter de constitucional; es decir, las solicitudes respectivas, deberán ser presentadas a los gobernadores de los Estados, que resolverán provisionalmente, oyendo el parecer de las Comisiones Agrarias Locales, y éstas elevarán los expedientes a la Comisión Nacional Agraria, con cuyo dictamen resolverá en definitiva el presidente de la República.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1218/24. Monroy Juan. 12 de agosto de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.