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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 401
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 401
Si la demanda se endereza contra la inexacta apreciación de las pruebas, deben citarse los artículos reguladores de la prueba, que hayan sido violados, tal como lo establece la fracción V del artículo 103 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 1275/23. Bordón José. 14 de agosto de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.