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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 422
EXPRESION DE AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 422
En las revisiones promovidas con anterioridad a la expedición de la Ley de Amparo, pueden tenerse como expresión de agravios, las razones expuestas en los alegatos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 346/28. Compañía Minera "Maravillas". 18 de agosto de 1925. Mayoría de seis votos, en cuanto a que se deben tener como expresión de agravios. Mayoría de siete votos, por lo que respecta al fondo. Disidentes: Salvador Urbina, Sabino M. Olea, Jesús Guzmán Vaca y Manuel Padilla; Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Teófilo H. Orantes, respectivamente. La publicación no menciona el nombre del ponente.