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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 283754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 513
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 513
Debe concederse cuando la pida el agraviado, en los casos en que, sin seguirse por ello perjuicios a la sociedad, al Estado o a un tercero, sean de difícil reparación los que se causen al agraviado, con la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Gómez Manuel. 27 de agosto de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.